Requisitos:
Minuta autorizada por abogado y suscrita por donador y donatario.
Copia de los documentos de identidad de los contratantes.
Copia de la partida registral del inmueble.
En caso actuar a través de apoderados: Certificado de vigencia de poder expedido por SUNARP.
Acreditación de pago del impuesto predial de los períodos en los cuales, el vendedor, mantuvo la condición de contribuyente.
Pago de impuesto a alcabala, en caso corresponda.
Estos requisitos son referenciales, tener en cuenta que luego de revisada la documentación la notaría puede solicitar documentos adicionales.